Artículo 88 Ley General de Sociedades Mercantiles
Capítulo V
- La denominación se formará libremente, pero será distinta de la de cualquiera otra sociedad y al emplearse irá siempre seguida de las palabras “Sociedad Anónima” o de su abreviatura “S.A.”
SECCION PRIMERA De la constitución de la sociedad
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
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- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 30 de enero de 2026.
Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 26 de diciembre de 2025. Documento oficial