Artículo 273 Ley General de Sociedades Mercantiles
Capítulo XIV
- En lo que no contradiga el presente Capítulo son aplicables a la sociedad por acciones simplificada las disposiciones que en esta Ley regulan a la sociedad anónima así como lo relativo a la fusión, la transformación, escisión, disolución y liquidación de sociedades.
Para los casos de la sociedad por acciones simplificada que se integre por un solo accionista, todas las disposiciones que hacen referencia a “accionistas”, se entenderán aplicables respecto del accionista único. Asimismo, aquellas disposiciones que hagan referencia a “contrato social”, se entenderán referidas al “acto constitutivo”. Artículo adicionado DOF 14-03-2016
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 26 de diciembre de 2025. Documento oficial