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Leyes Descargar AYA

Artículo 71 Octies Ley General de Salud

Capítulo VI

La Secretaría de Salud, en coordinación con las instituciones del sector público, social y privado, promoverá el desarrollo, la investigación y la adopción de tecnologías emergentes en salud digital. Artículo adicionado DOF 15-01-2026

Historial de este artículo

  1. Aún no existía
  2. Primer registro
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Cámara de Diputados. Documento oficial