Artículo 71 Octies Ley General de Salud
Capítulo VI
La Secretaría de Salud, en coordinación con las instituciones del sector público, social y privado, promoverá el desarrollo, la investigación y la adopción de tecnologías emergentes en salud digital. Artículo adicionado DOF 15-01-2026
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Texto tomado de Cámara de Diputados. Documento oficial