Artículo 233 Ley General de Salud
Capítulo IV
- Quedan prohibidos la venta y suministro de medicamentos con fecha de caducidad vencida.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 9 de diciembre de 2025.
Texto tomado de Cámara de Diputados. Documento oficial