Artículo 17 bis 2 Ley General de Salud
Capítulo II
- Al frente de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios estará una persona Comisionada Federal, quien será nombrada por la persona titular de la Presidencia de la República, a propuesta de la persona titular de la Secretaría de Salud; siendo la Secretaría de Salud a quien corresponderá la supervisión de este órgano desconcentrado, su conformación será conforme al principio de paridad. Artículo adicionado DOF 30-06-2003. Reformado DOF 11-05-2022
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Texto tomado de Cámara de Diputados. Documento oficial