Artículo 216 Ley General de Responsabilidades Administrativas
Capítulo III
Procederá el recurso de apelación contra las resoluciones siguientes:
I. La que determine imponer sanciones por la comisión de Faltas administrativas graves o Faltas de particulares, y
II. La que determine que no existe responsabilidad administrativa por parte de los presuntos infractores, ya sean Servidores Públicos o particulares
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Texto tomado de Cámara de Diputados. Documento oficial