Artículo 291 Ley Federal del Trabajo
Capítulo IX
- Es causa especial de rescisión de las relaciones de trabajo la disminución importante y reiterada del volumen de las operaciones, salvo que concurran circunstancias justificativas.
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de mayo de 2026. Documento oficial