Artículo 150 Ley Federal del Trabajo
Capítulo III
- Cuando las empresas proporcionen a sus trabajadores casa en comodato o arrendamiento no están exentas de contribuir al Fondo Nacional de la Vivienda, en los términos del artículo 136 Tampoco quedarán exentas de esta aportación respecto de aquellos trabajadores que hayan sido favorecidos por créditos del fondo. Artículo reformado DOF 24-04-1972
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de mayo de 2026. Documento oficial