Artículo 120 Ley Federal del Trabajo
Capítulo VIII
El Porcentaje fijado por la Comisión constituye la participación que corresponderá a los trabajadores en las utilidades de cada empresa.
Para los efectos de esta Ley, se considera utilidad en cada empresa la renta gravable, de conformidad con las normas de la Ley del Impuesto sobre la Renta
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Texto tomado de Cámara de Diputados, con la reforma del 14 de mayo de 2026. Documento oficial