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Leyes Descargar AYA

Artículo 162 Ley del Sector Hidrocarburos

Capítulo VI

- La Secretaría de Economía debe establecer la metodología para medir el contenido nacional en la industria de Hidrocarburos, así como su verificación, para lo cual puede contar con el apoyo de un tercero independiente o de las autoridades competentes. Las personas Asignatarias, Contratistas y Permisionarias a que se refiere esta Ley, deben proporcionar información a la Secretaría de Economía sobre el contenido nacional en las actividades que realicen, conforme a lo que establezcan las disposiciones que para tal efecto emita

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 27 de octubre de 2025.

Texto tomado de Cámara de Diputados. Documento oficial