Artículo 126 Ley del Sector Hidrocarburos
Capítulo II
- Todos los procedimientos de contratación, sus actos previos y aquéllos que deriven de la celebración, ejecución y cumplimiento de las Asignaciones, los Contratos para la Exploración y Extracción, los permisos y las autorizaciones, que se lleven a cabo al amparo de esta Ley, se sujetan a las disposiciones aplicables en materia de combate a la corrupción. La actuación de las personas servidoras públicas en el ejercicio de sus atribuciones y facultades, derivada de los procedimientos de contratación, sus actos previos y aquéllos relacionados con las uscripción y administración de los Contratos para la Exploración y Extracción, así como de la administración y supervisión de las Asignaciones, permisos, autorizaciones o cualquier otro acto o procedimiento relacionado con las actividades que se lleven a cabo al amparo de esta Ley, debe sujetarse a los principios constitucionales de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia.
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Texto tomado de Cámara de Diputados. Documento oficial