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Leyes Descargar AYA

Artículo 22 Constitución Política del Estado de Zacatecas

Capítulo ÚNICO

La mujer y el hombre son iguales ante la ley y deben gozar de las mismas oportunidades para el desenvolvimiento de sus facultades físicas e intelectuales, así como de las mismas seguridades para la preservación de su vida, integridad física y moral, y su patrimonio. Párrafo reformado POG 23 de mayo de 2020 (Decreto 390) El Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres y reconoce la equidad entre los géneros como principio necesario para el desarrollo del pueblo zacatecano; las autoridades deberán promover este postulado para lograr una sociedad más justa y equitativa y la ley determinará las acciones que deban aplicarse para el cumplimiento de este fin. Párrafo adicionado POG 4 de julio de 2007 (Decreto 505) Párrafo reformado POG 24 de enero de 2026 (Decreto 187)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial