Artículo 2o. Constitución Política del Estado de Tlaxcala
Capítulo I
La soberanía del Estado reside esencial y originariamente en el pueblo y en nombre de éste la ejerce el Poder Público del modo y en los términos que establecen esta Constitución y la Federal. La soberanía estatal se manifiesta básicamente mediante el establecimiento del orden jurídico de su competencia y la elección y designación de sus propias Autoridades locales en los términos del Pacto Federal. (ADICIONADO, P.O. 1 DE AGOSTO DE 2008)
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial