Artículo 52 Constitución Política del Estado de Tamaulipas
Capítulo II
Para la celebración de Sesiones Extraordinarias, se reunirán los Diputados precisamente en la fecha de su apertura, para que procedan a la elección de la Mesa.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial