Artículo 158 Constitución Política del Estado de Tamaulipas
Capítulo I
Todos los servidores públicos al entrar en funciones, deberán rendir protesta de guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la del Estado, obligándose a desempeñar leal y patrióticamente el cargo conferido
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial