Artículo 100 Constitución Política del Estado de Tamaulipas
Capítulo I
El Poder Judicial se deposita para su ejercicio en el Supremo Tribunal de Justicia, en los Juzgados de Primera Instancia, en los Juzgados Menores, en los Juzgados de Paz y en el Jurado Popular.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial