Artículo 72 Constitución Política del Estado de Sinaloa
Sección I
Las Secretarías y demás organismos y dependencias de la Administración Pública Estatal o Paraestatal están constituidos por las dependencias que se establezcan de acuerdo con el Reglamento y Disposiciones Generales que se emitan por el Titular del Poder Ejecutivo, los que fijarán las atribuciones y facultades de los mismos. (Ref. según Decreto No. 5 de fecha 02 de enero de 1981, publicado en el Periódico Oficial No. 1 Bis, de fecha 2 de enero de 1981)
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sinaloa (IIP - Gaceta). Documento oficial