Artículo 11 Constitución Política del Estado de San Luis Potosí
Capítulo ÚNICO
La Universidad de San Luis Potosí es autónoma en todo lo que respecta a su régimen interior. Realizará sus fines de educar, investigar y difundir la cultura con base en la libertad de cátedra e investigación y en el libre examen y discusión de las ideas, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en esta Constitución y en su ley orgánica. El Estado, en la medida de sus posibilidades presupuestales, la dotará con un subsidio anual.
(REFORMADO PRIMER PARRAFO, P.O. 12 DE JUNIO DE 2001
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de San Luis Potosí. Documento oficial