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Leyes Descargar AYA

Artículo 82 Constitución Política del Estado de Quintana Roo

Capítulo III

Al tomar posesión de su cargo la Gobernadora o el Gobernador del Estado deberá rendir protesta ante la Legislatura o la Comisión Permanente, en su caso, en los términos siguientes:

"Protesto cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la del Estado de Quintana Roo y las leyes que de ellas emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de Gobernadora o Gobernador (según corresponda) del Estado que el pueblo me ha conferido, mirando en todo por el bien y prosperidad de la Nación y del Estado de Quintana Roo. Si así no lo hiciere que el pueblo me lo demande". Artículo reformado POE 19-03-2025

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial