Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 140 Constitución Política del Estado de Oaxaca

Capítulo SEGUNDO

- Todo funcionario o empleado público, sin excepción alguna y antes de tomar posesión de su cargo, otorgará la protesta legal, de acuerdo con las siguientes fórmulas:

El Gobernador del Estado protestará en los términos siguientes: “Protesto respetar y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado, las leyes que de una y otra emanen, y los tratados internacionales en general y en materia de derechos humanos de los que el Estado Mexicano sea parte , y cumplir fiel y patrióticamente con los deberes de mi encargo mirando en todo por el bien y prosperidad de la Unión y del Estado y si no lo hiciere así, que la Nación y el Estado me lo demanden”. Los demás funcionarios y empleados rendirán la protesta ante quien corresponda en la siguiente forma: La autoridad que reciba la protesta dirá: “¿Protestáis respetar y hacer cumplir la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la particular del Estado, las leyes que de una y otra emanen, y los tratados internacionales en general y en materia de derechos humanos de los que el Estado Mexicano sea parte, y cumplir leal y patrióticamente con los deberes del cargo de … que el Estado os ha conferido?”. El interrogado contestará: “Sí, protesto”. Segundo párrafo reformado mediante decreto Número 709 aprobado por la LXIII Legislatura Constitucional del Estado el 13 de septiembre del 2017 y publicado en el Periódico Oficial Extra del 18 de octubre del 2017.

Acto continuo, la misma autoridad que tome la protesta dirá: “Si no lo hiciereis así, que la Nación y el Estado os lo demanden”. Los servidores públicos que la ley determine deberán someterse para su ingreso y permanencia en el servicio público a exámenes de control de confianza. El Congreso del Estado expedirá una ley que en razón de esta disposición establezca las bases y procedimientos para tal efecto.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial