Artículo 122 Constitución Política del Estado de Oaxaca
Título SÉPTIMO
Los miembros de los Ayuntamientos y los Alcaldes son responsables de los delitos comunes, de las infracciones administrativas; así como hechos de corrupción que cometan durante su encargo. Artículo reformado mediante decreto Número 1263 aprobado el 30 de junio del 2015 y publicado en el Periódico Oficial
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial