Artículo 75 Constitución Política del Estado de Michoacán
Sección I
- En caso de que se declaren desaparecidos los Poderes del Estado, el Órgano de Administración Judicial propondrá al Congreso del Estado, la designación de las magistradas y magistrados del Supremo Tribunal de Justicia.
(REFORMADO, P.O. 13 DE NOVIEMBRE DE 2024
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Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial