Artículo 31 Constitución Política del Estado de Guerrero
Sección IV
Los ciudadanos del Estado de Guerrero reconocen como sus símbolos de identidad y pertenencia a su comunidad política:
1. La bandera y el escudo;
2. El lema del Estado: "Mi patria es primero"; y,
3. El “Himno a Vicente Guerrero”.
Las leyes respectivas reglamentarán las características y el uso de los símbolos y el himno del Estado.
(REFORMADA, P.O. 29 DE ABRIL DE 2014)
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Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial