Artículo 26 Constitución Política del Estado de Guerrero
Sección II
La base de la división territorial y de organización política, administrativa y de gobierno del Estado de Guerrero es el Municipio Libre, la ley de
la materia determinará el ejercicio de sus competencias conforme a esta Constitución y a la (sic) Política de los Estados Unidos Mexicanos.
(REFORMADO, P.O. 20 DE MAYO DE 2022
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Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial