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Leyes Descargar AYA

Artículo 125 Constitución Política del Estado de Guanajuato

Capítulo PRIMERO

- El Gobernador del Estado, los Diputados Locales, las personas Magistradas del Supremo Tribunal de Justicia y del Tribunal de Disciplina Judicial del Estado, así como los integrantes del Órgano de Administración Judicial, podrán ser sujetos a juicio político en los términos de los artículos 109, 110 y 114 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

(REFORMADO, P.O. 6 DE SEPTIEMBRE DE 2016) Si se recibiere resolución de la Cámara de Senadores, el Congreso del Estado, en ejercicio de sus atribuciones, procederá como corresponda.

(REFORMADO, P.O. 6 DE SEPTIEMBRE DE 2016)

Las sanciones correspondientes se aplicarán en un período no mayor de un año, a partir de iniciado el procedimiento.

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 15 DE AGOSTO DE 2025

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial