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Leyes Descargar AYA

Artículo 171 Constitución Política del Estado de Durango

Capítulo II

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Los poderes públicos del Estado, los órganos constitucionales autónomos y los ayuntamientos tienen obligación de rendir anualmente Cuenta Pública ante el

Congreso del Estado, sobre el manejo, la custodia y la aplicación de fondos y recursos a su cargo, incluyendo los de origen federal, en los términos señalados por la ley.

(ADICIONADO, P.O. 29 DE AGOSTO DE 2013

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial