Artículo 113 Constitución Política del Estado de Colima
Capítulo I
La persona Titular de la Secretaría competente en materia de finanzas del Estado y las Titulares de las tesorerías municipales, distribuirán los caudales públicos con estricto apego al presupuesto y serán responsables personal y pecuniariamente por los gastos que hagan u ordenen sin estar comprendidos o autorizados por una ley posterior.
(REFORMADO, P.O. 4 DE NOVIEMBRE DE 2023
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Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial