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Leyes Descargar AYA

Artículo 168 Constitución Política del Estado de Chihuahua

Capítulo III

El encargado de las finanzas del Estado y los demás funcionarios y empleados que manejen, recauden o administren fondos públicos, otorgarán garantía suficiente.

(REFORMADO, P.O. 27 DE OCTUBRE DE 2021) Asimismo, deberán asistir a los cursos de capacitación, profesionalización y/o certificación que implementen las instituciones especializadas en la fiscalización de recursos públicos, a efecto de cumplir con las obligaciones inherentes a su cargo.

(REFORMADO, P.O. 9 DE MAYO DE 2007

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial