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Leyes Descargar AYA

Artículo 63 QUATER Constitución Política del Estado de Campeche

Capítulo XV

Queda prohibido el uso de recursos públicos para la recolección de firmas, así como con fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de revocación de mandato.

El Instituto Electoral del Estado de Campeche promoverá la participación ciudadana y será la única instancia a cargo de la difusión de los mismos, la promoción será objetiva, imparcial y con fines informativos.

(REFORMADO, P.O. 29 DE MAYO DE 1965)

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial