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Artículo 118 Constitución Política del Estado de Campeche

Capítulo XX

Los funcionarios rendirán la protesta ante quien corresponda en la siguiente forma: "La autoridad que reciba la protesta dirá: "¿Protestáis guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado, las leyes que de una y otra emanen, y cumplir leal y patrióticamente con los deberes del cargo de ……. que el Estado os ha conferido?". El interrogado contestará; "Sí, protesto". Acto continuo la misma autoridad que tome la protesta, dirá: "Si no lo hiciéreis así, que la Nación y el Estado os lo demanden"

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial