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Leyes Descargar AYA

Artículo 70 Constitución Política del Estado de Baja California Sur

Sección I

El Gobernador del Estado durará en su encargo seis años e iniciará el ejercicio de sus funciones el día 10 de septiembre.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Baja California Sur (vía TSJ BCS), con la reforma del 4 de junio de 2026. Documento oficial