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Leyes Descargar AYA

Artículo 129 Constitución Política del Estado de Baja California Sur

Capítulo IV

Son bienes del dominio público:

I.- Los de uso común.

II.- Los inmuebles destinados a un servicio público.

III.- Los muebles normalmente insustituibles como son los expedientes de las oficinas, archivos, libros raros, piezas históricas o arqueológicas, obras de arte y otros de igual naturaleza, que no sean del dominio de la Federación o del Estado.

Historial de este artículo

  1. Aún no existía
  2. Primer registro
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 27 de julio de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Baja California Sur (vía TSJ BCS), con la reforma del 4 de junio de 2026. Documento oficial