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Leyes Descargar AYA

Artículo 110 Constitución Política del Estado de Baja California Sur

Capítulo II

Si al iniciarse el año fiscal no se hubiere aprobado el presupuesto general correspondiente, en tanto se expide éste, continuará vigente el del año inmediato anterior.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Baja California Sur (vía TSJ BCS), con la reforma del 4 de junio de 2026. Documento oficial