Artículo 63 Constitución Política del Estado de Aguascalientes
Capítulo DECIMO
- La Hacienda Pública se compone de los bienes y derechos pertenecientes al Estado y de las contribuciones que el Congreso decreta. Su administración estará a cargo del Ejecutivo y de la Secretaría de Finanzas, y de los Poderes Legislativo y Judicial, quienes serán responsables de su manejo en el ámbito de sus competencias.
(REFORMADO, P.O. 28 DE MAYO DE 2007
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Texto tomado de SCJN - Justicia Constitucional Local. Documento oficial