Artículo 719 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Zacatecas
Capítulo IV
La petición se presentará ante el juez que deba conocer de la demanda, y en casos de urgencia ante el del lugar en que deba recibirse la prueba. En el escrito se expresarán los motivos de urgencia, los hechos sobre los cuales versará la prueba, y, demás, sucintamente las demandas o excepciones a que se refiere la prueba
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial