Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 643 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Zacatecas

Capítulo XIII

La demanda para la declaración de presunción de muerte se sujetará en lo conducente, en cuanto a forma y legitimación, a lo dispuesto para la demanda sobre declaración de ausencia. La demanda podrá presentarse cuando hayan transcurrido tres años desde la declaración de ausencia, y en los casos en que ésta proceda legalmente, el juez declarará la presunción de muerte.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial