Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 618 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Zacatecas

Capítulo X

Pueden pedir que se confiera la tutela y se haga el nombramiento de tutores y curadores:

I. El mismo menor, si ha cumplido dieciséis años;

II. El cónyuge del incapacitado;

III. Los presuntos herederos legítimos;

IV. El albacea;

V. El tutor interino, y

VI. El Ministerio Público

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 29 de octubre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial