Artículo 358 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Zacatecas
Capítulo I
Para impugnar las resoluciones judiciales se conceden los siguientes recursos:
I. Revocación y reposición;
II. Apelación, y
III. Queja
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial