Artículo 309 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Zacatecas
Capítulo VII
Para acreditar hechos o circunstancias que tengan relación con el negocio que se ventile pueden las partes presentar fotografías, cintas cinematográficas, discos u otros medios de reproducción o de experimentos; así como registros dactiloscópicos y, en general, cualquiera otros elementos proporcionados por la ciencia que puedan producir convicción en el ánimo del juez. También podrán presentarse notas taquigráficas, acompañándolas de traducción y haciendo especificación exacta del sistema empleado. Al ofrecer las pruebas se indicarán los hechos o circunstancias que deseen probarse
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Zacatecas. Documento oficial