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Leyes Descargar AYA

Artículo 790 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán

Capítulo VII

- No puede comprometerse en árbitros la responsabilidad criminal; pero sí la civil que resulte de delito. SECCION CUARTA De la substanciación del juicio arbitral

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial