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Leyes Descargar AYA

Artículo 651 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán

Capítulo VI

Se llaman interdictos los juicios que tienen por objeto adquirir, retener o recobrar la posesión interina de una cosa, suspender la ejecución de una obra nueva, o que se practiquen, respecto de la que amenaza ruina, o de un objeto que ofrece riesgo, las medidas conducentes para precaver el daño

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  3. Sin cambios

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Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial