Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 404 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán

Capítulo I

- Si en la sentencia que se trata de ejecutar se hubiere fijado plazo para su cumplimiento, los términos fijados en el artículo anterior se contarán desde el día en que se venció el plazo, o desde aquel en que pudo exigirse la última prestación vencida, si se tratare de prestaciones periódicas

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial