Artículo 338 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán
Capítulo I
- Sentencia definitiva es la que decide el negocio principal. Sentencia interlocutoria es la que decide un incidente
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial