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Leyes Descargar AYA

Artículo 336 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán

Capítulo XII

El Juez señalará a las partes un término que no exceda de cinco días comunes, para que presenten sus alegatos. Durante dicho término quedarán los autos a la vista de los litigantes, en la Secretaría del Juzgado

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  1. Primer registro
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  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial