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Leyes Descargar AYA

Artículo 297 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Yucatán

Capítulo IX

No se admite prueba contra la presunción legal:

I.- Cuando la ley lo prohibe expresamente.

II.- Cuando el efecto de la presunción es anular un acto o negar una acción, salvo el caso en que la ley haya reservado el derecho de probar.

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  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial