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Leyes Descargar AYA

Artículo 741 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz

Capítulo VIII

En la misma resolución se mandará publicar en los lugares de costumbre y en la "Gaceta Oficial", por una sola vez, el extracto de la denuncia, para que, si alguno se creyere con derecho para reclamarla, se presente del término de tres meses a entablar su demanda

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial