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Leyes Descargar AYA

Artículo 352 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz

Capítulo II

La ejecución de las sentencias arbitrales, se hará por el juez competente, designado por las partes y en su defecto, por el juez del lugar del juicio y si hubiere varios, por el de número más bajo.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial