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Leyes Descargar AYA

Artículo 263 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Veracruz

Capítulo IV

De la traducción de los documentos que se presenten en idioma extranjero, se mandará dar vista a la parte contraria, para que, dentro del tercer día, manifieste si está conforme. Si lo estuviere o no la objetare, se pasará por la traducción; en caso contrario, el Tribunal nombrará traductor.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Veracruz (LegisVer). Documento oficial