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Leyes Descargar AYA

Artículo 965 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Título QUINTO

- Si la queja tiene por objeto el auto que deniegue la ejecución, una vez interpuesta, se remitirán los autos al superior con citación sólo del quejoso.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial