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Leyes Descargar AYA

Artículo 905 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Capítulo II

Salvo los casos previstos en el artículo anterior, a quien afirme la existencia de un gravamen corresponde la carga de la prueba.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial